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Reglamento del Provincial de Mayores

El próximo 6 de octubre se pondrá en marcha la 13° edición del Provincial de Mayores, que contará con 14 equipos. Aquí el reglamento de la competencia.

CAPÍTULO I: CREACIÓN Y AUTORIDADES DE LA COMPETENCIA

  • Con la denominación “Torneo Provincial de Clubes de Básquetbol” se disputará anualmente la competencia de las categoría Mayores (Primera), en todo el territorio de la Provincia del Chaco, bajo la organización de la Federación Chaqueña de Básquetbol, el que se regirá por el presente reglamento.
  • En el “Torneo Provincial de Clubes” podrán participar Clubes pertenecientes a cada Asociación afiliada a la Federación Chaqueña de Básquetbol; la cantidad de participantes por cada Asociación será establecida anualmente por el Consejo Directivo de la Federación, con los Clubes  que practiquen el baloncesto dentro del ámbito físico descripto en el Artículo 1° y que cumplimenten los requisitos exigidos en el presente Reglamento.
  • Los Clubes clasificados Primero y Segundo obtendrán el título de Campeón y Subcampeón, respectivamente, del “Torneo Provincial de Clubes” y tendrán derecho a representar a la Provincia del Chaco en los Torneos Regionales y/o Nacionales; como así los clasificados en Tercer y Cuarto lugar, y todo otro ubicado a posterior, dependiendo ello del cupo que anualmente otorgue el Comité Regional de Competencias y/o Confederación Argentina de Básquetbol. Cuando alguno de ellos desistiera de actuar en dichas instancias, se invitará a los demás Clubes que compitieron, dándoles prioridad de participación por orden de clasificación.
  • El Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol administrará los torneos, resolverá en primera instancia todas las cuestiones que se susciten en el mismo y cursará en forma directa todas las notificaciones necesarias.
  • La Comisión Técnica de la Federación Chaqueña de Básquetbol será la encargada de confeccionar el fixture, realizar la programación de encuentros y las designaciones de las autoridades (Árbitros y Comisionados Técnicos) para los partidos del “Torneo Provincial de Clubes”.
  • El Tribunal de Disciplina de la Federación Chaqueña de Básquetbol actuará en todo lo relacionado con la disputa del “Torneo Provincial de Clubes” y se ajustará a lo previsto en el Código de Penas y/o en el Código de Procedimientos de la Confederación Argentina de Básquetbol para esa instancia.

CAPÍTULO II: REQUISITOS DE INSCRIPCION Y RENUNCIA.

  • Los Clubes en el acto de inscripción ante la Federación Chaqueña de Básquetbol deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
    1. Estar afiliado a una Asociación de Básquetbol y haber participado o estar participando regularmente de los torneos oficiales organizados por la misma.
    2. Presentar la Solicitud de Inscripción respectiva donde conste, con carácter de Declaración Jurada, que conoce el presente Reglamento y se le dará fiel cumplimiento, constitución del domicilio legal y consignación de número de teléfono, número de  fax  y/o dirección de correo electrónico; datos del estadio auxiliar; aval de la Asociación de Básquetbol a la que pertenezca.
    3. Presentar el/los avales que determinen las autoridades de la Federación Chaqueña de Básquetbol en tiempo y forma.
    4. Presentar Lista de Buena Fe en las condiciones del Artículo 12°, incisos a) hasta l), del presente Reglamento, avalada por la Asociación de origen.
    5. Informar la cancha en la que actuarán como locales y que reúna los requisitos exigidos en los artículos 17°, 18° y 19° de este Reglamento; como así también consignar la dirección de un estadio alternativo, el que también deberá reunir las condiciones de los mencionados artículos.
    6. Si no es propietario del Estadio, deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 18°, inciso a), del presente Reglamento.
    7. Abonar en tiempo y forma los aranceles que determinen las autoridades de la Federación Chaqueña de Básquetbol.
    8. Podrán participar del “Torneo Provincial de Clubes” todas aquellas instituciones que se encuentren compitiendo en torneos y/o ligas superiores (Torneo Federal, Torneo Nacional de Ascenso, Liga Nacional A), no permitiéndose la participación de jugadores registrados en la Asociación de Clubes (AdC).
  • Las instituciones podrán renunciar a su participación hasta antes de las 72 (setenta y dos) horas del inicio del “Torneo Provincial de Clubes”, por medio fehaciente, perdiendo todo derecho adquirido hasta el momento y/o cualquier monto que hubiere abonado en todo concepto.

CAPITULO III: CATEGORIAS, ZONAS Y DESARROLLO DE LA COMPETENCIA.

  • El Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol dispondrá anualmente la forma de disputa del “Torneo Provincial de Clubes”, la que se incorporará como Anexos del presente Reglamento.
  • Se considerará “Torneo”, al lapso de tiempo comprendido entre el primer partido de la primera fecha de la primera fase y el último partido de la serie final del “Torneo Provincial de Clubes”.

CAPITULO IV: EQUIPOS Y DELEGACIONES.

  • Los Clubes inscriptos para participar del “Torneo Provincial de Clubes”, presentarán en la sede de la Federación Chaqueña de Básquetbol y cuando ésta lo disponga, una Lista de Buena Fe con jugadores debidamente registrados para el Club por la Asociación de su jurisdicción, no admitiéndose refuerzos, inscripciones provisorias de jugadores, incorporaciones y/o modificaciones a la misma, una vez presentada.
  • Las Listas de Buena Fe se confeccionarán y presentarán ajustándose en todo a las siguientes prescripciones:
    1. Deberán tener la composición que se determine para la respectiva categoría, a saber:

Categoría Mayores: Hasta 10 (Diez) jugadores Mayores de 23 años.

Categoría Sub 23: Hasta 10 (Diez) jugadores Mayores de 19 años y Menores de 23 años.

Categoría Menores: Hasta 15 (Quince) jugadores Menores de 19 años.

  1. Se permitirá la inclusión de un (1) jugador extranjero en la lista de buena fe.
  2. Para cada Jugador se consignará nombre y apellido, fecha de nacimiento y número de documento. Para Entrenadores y Asistentes, nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de documento y número de carnet ENEBA. También se deberán incluir en las Listas de Buena Fe, los datos de toda otra persona Auxiliar que cumpla función en el cuerpo técnico (Médico, Kinesiólogo, Utilero, Preparador Físico, etc.), y quienes serán además los únicos habilitados a ubicarse en la banca de suplentes. Cualquier sustitución en estas funciones únicamente, deberá ser comunicado por nota a la Federación Chaqueña de Básquetbol. Además, los clubes deberán informar los datos (Nombre y Apellido, Fecha de Nacimiento y D.N.I.) de las personas que cumplirán funciones de Oficiales de Mesa (Apuntador, Cronometrista y Operador de 24”) en cada juego.
  3. El vencimiento para la presentación de las Listas de Buena Fe es improrrogable.
  4. La presentación de las Listas de Buena Fe deberán realizarse en el tiempo y la forma que establece el presente Reglamento. Se entiende por presentación en tiempo la recepción efectiva de las mismas por secretaría de la Federación Chaqueña de Básquetbol.
  5. Se podrán considerar adelantos realizados por Fax dentro del plazo de vencimiento, debiendo los originales remitirse a posterior a la secretaría de la Federación Chaqueña de Básquetbol dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles; los que deberán ser totalmente coincidentes con aquel que ingresó con anterioridad.
  6. El Club deberá acreditar a través de los Pases realizados, la titularidad de los jugadores y asumir la responsabilidad ante la Federación Chaqueña de Básquetbol respecto a que todos los jugadores que incluye se encuentran registrados para su institución en la Asociación en la que militan, la que avalará y/o certificará a tal efecto, las respectivas Listas de Buena Fe. La eventual demostración de la inclusión de un jugador con Pase no realizado o realizado después de la fecha de cierre de la presentación de las Listas de Buena Fe, lo hará pasible de la baja automática del mismo del certamen.
  7. Al momento de la presentación de la Lista de Buena Fe, deberán tener sus pases terminados y estar habilitados automáticamente en la misma fecha para participar de la competencia. No podrán incluirse jugadores que, una vez iniciado el “Torneo Provincial de Clubes” y/o durante el mismo, cumplan los ciento veinte (120) días de su último pase.
  8. Se podrá realizar hasta un (1) recambio de jugador en las categorías Mayores y Sub 23, hasta antes del inicio de la segunda rueda de la primera fase (Fase Regular) del Torneo; mientras que para la categoría Menor se podrán realizar incorporaciones de jugadores hasta la culminación de la primera fase del Torneo.
  9. La Federación Chaqueña de Básquetbol, si así lo considere, extenderá a cada jugador que se encuentre reglamentariamente inserto en el Programa FIBA Organizer, una credencial habilitante. El Documento Nacional de Identidad, Cédula de Policía Federal y/o Pasaporte, serán también los únicos documentos válidos para disputar un encuentro del “Torneo Provincial de Clubes”, los que deberán ser presentados ante las autoridades de la Mesa de Control constituidas. También será válido cualquier carnet extendido por la Confederación Argentina de Básquetbol dentro del año.
  10. Ningún jugador podrá actuar durante el mismo torneo en más de un club.
  11. Definición de Edades. Categoría Mayores: Se consideran como tales a aquellos jugadores que tengan o que cumplan 24 años de edad al 31 de Diciembre del año de la competencia. Categoría Sub 23: Se consideran como tales a aquellos jugadores que tengan o que cumplan entre 20 años y 23 años de edad al 31 de Diciembre del año de la competencia. Categoría Menores: Se consideran como tales a aquellos jugadores que tengan o cumplan hasta 19 años de edad al 31 de Diciembre del año de la competencia.
  • La delegación oficial de cada club, para el caso del “Torneo Provincial de Clubes” de la categoría Primera, estará integrada por diecisiete (17) personas, con un máximo de doce (12) jugadores. El Club Local deberá proveer al Club Visitante, de la misma cantidad de acreditaciones, cuando éste así lo requiera.
  • La Planilla Oficial de juego, al momento de disputarse un encuentro oficial correspondiente al “Torneo Provincial de Clubes” deberá estar integrada por:
    1. Un máximo de seis (6) jugadores de la Categoría Mayores
    2. Un mínimo de dos (2) jugadores de la Categoría Menores
    3. Los restantes lugares deberán ser completados con jugadores de la Categoría Sub 23 en las condiciones establecidas en el presente Reglamento.
    4. En los casos de aquellas instituciones que se encuentren compitiendo en torneos y/o ligas superiores (Torneo Federal, Torneo Nacional de Ascenso, Liga Nacional A), el mínimo de jugadores mayores de 19 años en planilla de juego y para iniciar el mismo será de tres (3).
  • Tanto en la Planilla Oficial de Juego como en cancha, no podrá haber menos de nueve (9) jugadores al comenzar el partido.
  • La falta de cumplimiento de lo estipulado en los artículos 14° y 15° del presente Reglamento por parte de un Club, será sancionada con la pérdida de puntos y una multa de $ 5.000,00 (Pesos: Cinco Mil) que deberá abonar a la Federación Chaqueña de Básquetbol; como así los gastos que se originaren por el no desarrollo del encuentro (aranceles de Arbitros, Comisionado Técnico, seguridad, etc), todo debidamente avalado y justificado por el Club perjudicado.

CAPITULO V: DE LOS ESTADIOS Y ELEMENTOS DE JUEGO

  • : Los Clubes en el acto de inscripción deberán designar las canchas en las que actuarán como locales, las que reunirán las siguientes condiciones:
    1. Estadio cubierto. Si el Club no es propietario del Estadio donde actuará como local o del alternativo, deberá presentar el/los convenio/s suscripto/s con el/los propietario/s, por el cual este cede sus instalaciones por todo el tiempo que dure el “Torneo Provincial de Clubes”.
    2. Tableros de vidrio o similar, más uno de repuesto. Deberán contar con los protectores reglamentarios. El Club que no cuente con tablero de repuesto, ante la eventual rotura del existente, provocando ello la suspensión definitiva del juego, perderá automáticamente los puntos en juego debiendo hacerse cargo de los gastos que se originaren por el no desarrollo del encuentro (aranceles de Arbitros, Comisionado Técnico, seguridad, etc). En los casos que, habiéndose realizado un reemplazo por rotura, se vuelva a romper el cristal, y el club no disponga de otro, se suspenderá el partido asignando la Federación Chaqueña de Básquetbol una nueva fecha para la disputa y/o conclusión del mismo.
    3. Señal luminosa indicadora de la expiración de los períodos de juego y 24 segundos. La misma deberá estar ubicada detrás de cada uno de los tableros de juego, en el centro longitudinal del mismo, en el medio de la distancia entre el borde superior del tablero y la línea superior del rectángulo de referencia de lanzamiento y a 30 cm. hacia atrás del cristal.
    4. Reloj de 24 segundos. Las entidades deberán contar obligatoriamente con un Reloj Manual Auxiliar. El reloj deberá contar con una chicharra o bocina lo suficientemente sonora que accione automáticamente al terminar el tiempo de posesión. El Árbitro no iniciará el partido si no funciona reglamentariamente el reloj de 24 segundos, con sus visores correspondiente. El no funcionamiento del Reloj de 24 segundos antes de iniciar un juego determinará la suspensión del partido y la pérdida de puntos.
    5. Reloj de 14 segundos. Ante la modificación en las Reglas de Juego, de aplicación con el inicio de la presente Temporada Deportiva 2011, en lo referente directamente al 29º – Veinticuatro Segundos de las Reglas. La misma consiste en tener que modificar o reacondicionar las consolas de los relojes de 24 segundos (Titular y Alternativo), para que los mismos antes determinadas situaciones en el juego se deban resetear a 14 segundos, para continuar el juego. Deberán estar en condiciones de funcionamiento para el inicio del “Torneo Provincial de Clubes”. La Federación Chaqueña de Básquetbol podrá disponer que sean reemplazados aquellos relojes que no reúnan las exigencias, dentro de los 7 (siete) días de observada la deficiencia.
    6. Canchas de medidas reglamentarias, marcadas conforme con las Reglas Oficiales de juego vigentes.
    7. Baranda perimetral fija que divida el público del lugar de juego.
    8. Piso Deportivo (de madera tipo flotante).
    9. En caso de tener que cambiar las camisetas por cualquier motivo valedero, se recuerda la plena vigencia de lo establecido en las Reglas Oficiales FIBA en el sentido de que el Club que hace las veces de local deberá reemplazar dicha indumentaria.
    10. Se deberá disponer de Tanteador visible y Reloj electrónico visible para jugadores, público y Mesa de control con las siguientes exigencias:
      • El reloj accionará en forma regresiva y deberá tener indicador digital
      • El reloj deberá accionar automáticamente una bocina suficientemente sonora de finalización de tiempo de juego.
    11. Deberá disponer de una varilla rígida –de cualquier material- de una longitud de 3,05 metros, la que estará a disposición de las autoridades del encuentro cuando así lo dispongan y a su sola solicitud.
    12. Los clubes deberán contar indefectiblemente con tableros de vidrio, reloj de 24” y de 14” de repuestos, ya que no será motivo de cambio de cancha la rotura y/o desperfecto de alguno de estos elementos.
    13. El incumplimiento de alguna de estas disposiciones, conllevará las observaciones y/o sanciones económicas (multas) que estime y aplique el Consejo Directivo de la Federación Chaqueña, en concordancia con su Comisión Técnica, de acuerdo al informe de los Arbitros y/o Comisionado Técnico del partido, y de la reglamentación vigente. En el caso de sanciones económicas (multas), las mismas deberán ser canceladas por el Club infractor dentro del lapso que va desde la fecha de disputa del partido e informe en cuestión, hasta el siguiente encuentro que haga las veces de Local
  • La Federación Chaqueña de Básquetbol supervisará todos los escenarios de juego. La visita será anunciada a cada club con anticipación y éste deberá designar un responsable que asistirá al Representante de la Federación Chaqueña de Básquetbol en el momento de la verificación. A tal efecto deberán estar disponibles los elementos necesarios para la comprobación de las medidas del campo de juego y altura de los aros y en funcionamiento los relojes de juego, de 24 segundos y de 14 segundos, incluido el de repuesto. Serán inspeccionados los vestuarios asignados al equipo visitante, el que deberá estar en perfectas condiciones de uso y con provisión de agua fría/caliente. Las deficiencias observadas podrán determinar la no habilitación de la cancha. Es facultad del Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol la suspensión de la habilitación por deficiencias que se observen durante el desarrollo del Torneo.
  • El Club local deberá disponer el siguiente personal:
    1. Una persona que actúa como Intendente de Cancha, el que deberá estar presente desde una hora antes del inicio de los partidos y hasta treinta minutos después de la finalización de los mismos, actuando bajo las ordenes del Comisionado Técnico y/o de los Arbitros, proveyendo los materiales y elementos necesarios y corrigiendo cualquier desperfecto en las instalaciones.
    2. Contar como mínimo con la asistencia de tres (3) efectivos policiales uniformados (NO seguridad privada), los que deberán estar presentes antes de la iniciación del juego, debiendo incrementarse la cantidad de efectivos hasta la cantidad necesaria y efectiva en función de la prevención y las garantías que deben brindarse a todo espectáculo público. Ningún encuentro podrá iniciarse sin la presencia de los efectivos policiales requeridos, estableciéndose un lapso no mayor de una (1) hora para el inicio del mismo en caso de no contar con dicha presencia policial, lo que será informado a posteriori por las autoridades del encuentro a la Federación Chaqueña de Básquetbol. La falta de cumplimiento de lo estipulado será sancionada con la pérdida de puntos al Club Local y una multa de $ 5.000,00 (Pesos: Cinco Mil) que deberá abonar a la Federación Chaqueña de Básquetbol. La Comisión Técnica de la Federación comunicará a los clubes, con la mayor antelación posible, la cantidad de uniformados requeridos, cuando las condiciones particulares previas así lo ameriten. Asimismo los Comisionados Técnicos y/o los Arbitros del partido también están facultados a  solicitar  mayor cantidad de policías, cuando lo crean necesarios.
    3. Antes de la iniciación de los juegos, el Comisionado Técnico verificará el cumplimiento de las disposiciones precedentes, comunicando a las autoridades del Club Local las anomalías e informando luego a la Federación Chaqueña de Básquetbol por medio de estilo (Informe del Comisionado Técnico).
  • Las sanciones aplicadas por el Tribunal de Disciplina, consistentes en Clausura de Cancha en su condición de local, por transgresiones originadas en partidos de el Torneo Provincial, serán cumplidas por los Clubes sancionados en una cancha neutral habilitada a una distancia mínima de 25 Km; y en los casos que así lo establezca el Código de Penas y/o Código de Procedimientos.

CAPITULO VI: DE LOS RECURSOS, DE LOS GASTOS DE LOS ARANCELES

  • El Club Local percibirá el total de la recaudación cualquiera sea el concepto (entradas generales, plateas, abonos, donaciones, etc.) siendo responsable del pago de aranceles, gastos y toda otra erogación que se origine por la realización de los partidos.
  • El Club Local deberá abonar los gastos de traslados, dietas (viáticos) y aranceles de los Arbitros y del Comisionado Técnico.
  • El Club Visitante es responsable del pago de todos sus gastos de viaje, que se originen con motivo de los partidos.
  • Los Aranceles se fijarán para cada temporada y deberán ser abonados en el entretiempo del partido o a la finalización del mismo por el club responsable.

CAPITULO VII: DEL COMISIONADO TÉCNICO, ARBITROS Y AUTORIDADES DEL PARTIDO

  • La Federación Chaqueña de Básquetbol designará un Comisionado Técnico para todos los partidos, quien actuará como autoridad contralor del encuentro y presidirá la Mesa de Control.
  • El Comisionado Técnico, en lo posible deberá ser residente en la ciudad sede del club local y actuará en forma permanente como agente natural de la Federación Chaqueña de Básquetbol. El Club Local será el responsable del pago de los gastos de traslado, dieta y arancel del mismo.
  • Para el supuesto caso de ausencia del Comisionado Técnico, el Arbitro del partido deberá designar reemplazante o determinará si se cubre o no ese puesto.
  • El Comisionado Técnico será responsable de recibir en la localidad a los Arbitros y atender sus necesidades antes de cada juego, evitando contactos con los representantes de los Clubes. A la finalización del cotejo, deberá colaborar con los mismos facilitando su traslado. Sin perjuicio de las otras obligaciones que prevé este Reglamento, el Comisionado Técnico es responsable del cumplimiento de lo establecido y de verificar alguna anormalidad al respecto, notificará antes de comenzar el juego al Director Técnico que corresponda la trasgresión que observe. De no modificarse la situación informará a la Federación Chaqueña de Básquetbol, en la forma de estilo.
  • La Federación Chaqueña de Básquetbol a través de su Comisión Técnica designará para todos los partidos de este Torneo dos (2) Árbitros que mantengan actualizadas sus licencias, quienes deberán contactarse con el Comisionado Técnico con la debida antelación a al fijada para la disputa de los encuentro y si así no sucediera, este se contactara con la Comisión Técnica, quien dispondrá la forma de suplir a los mismo. Asimismo, posteriormente informará de lo acontecido a la Comisión Técnica de la Federación Chaqueña de Básquetbol. Los Árbitros deberán presentarse en el Club Local, uniformados para el juego, treinta (30) minutos antes del inicio del partido.
  • En caso de ausencia no reemplazada de ambos Árbitros, se intentará reprogramar el partido para el día siguiente. La Federación Chaqueña de Básquetbol asumirá los mayores costos que le ocasione al Club Visitante, la reprogramación del encuentro.
  • Si se hiciera presente uno solo de los Árbitros designados, el encuentro será disputado y arbitrado únicamente por el mismo, no estando autorizado para incorporar a ningún otro Árbitro para que lo asista.
  • Cuando así lo disponga, la Federación Chaqueña de Básquetbol designará un Árbitro suplente que reemplazará al eventual ausente o imposibilitado de dirigir o continuar dirigiendo el encuentro. En el caso de no actuar durante el encuentro que fue designado como suplente, el Árbitro percibirá el reintegro de los gastos que incurrió.
  • La Federación Chaqueña de Básquetbol fijará los aranceles para Árbitros y Comisionados Técnicos, como así también el sistema de liquidación de los gastos que la actuación de los mismos origine.
  • Tanto el Comisionado Técnico como los Árbitros percibirán el pago de sus gastos mediante la entrega de los correspondiente comprobantes justificativos de las erogaciones, siendo el primero de los nombrados el encargado de gestionar el cobro de los mismos, hacer firmar los recibos a los árbitros y reintegrarlos al club. El alojamiento del Comisionado Técnico y de los Árbitros será responsabilidad del Club Local.
  • Los Auxiliares de Mesa deberán ser mayores de dieciocho (18) años y serán propuestos por sus respectivos Clubes para ser habilitados de acuerdo al sistema que dispondrá la Federación Chaqueña de Básquetbol, la cual les proveerá la credencial correspondiente. El Club Local proveerá Auxiliares de Mesa para cada partido, teniendo en cuenta que:
    1. Si el Club Visitante presenta su Auxiliar de Mesa habilitado, este tendrá derecho de actuar como Apuntador, en cuyo caso el designado por el local podrá cumplir funciones de Asistente de Apuntador.
    2. En el caso de que no sean provistos él o los Auxiliares de Mesa, el Comisionado Técnico esta autorizado a integrar la Mesa con quien considere capacitados, quedando todo bajo la determinación final del Arbitro del partido.

CAPITULO VIII: DE LOS PARTIDOS. PUNTAJE, PROTESTAS.

  • Los puntos en disputa se adjudicarán en un todo conforme lo determinado en las Reglas de Juego (Comentarios: “Clasificación de Equipos”). Para desempatar las posiciones igualadas se utilizará el sistema que se transcribe a continuación: Clasificación de Equipos: La clasificación de los equipos en cada grupo de un torneo se hará por puntos de conformidad con sus resultado de victorias o derrotas, adjudicando dos (2) puntos por cada partido ganado, un (1) punto por cada partido perdido y cero (0) punto por cada encuentro perdido por no presentación y/o causa establecida en el Artículo 17 del presente Reglamento. Si al final de una competencias algunos equipos están igualados con el mismo número de puntos, se empleará el siguiente método para terminar la clasificación:
    1. En el caso que dos (2) equipos tengan el mismo número de puntos en la clasificación, la misma se establecerá teniendo en cuenta solamente los partidos jugados entre los (2) dos equipos implicados, obteniendo la mejor clasificación el que detente la mayor cantidad de puntos logrados entre sí. Si de esta forma no se llegare a una definición, la clasificación se determinará por el sistema de “Diferencia de Gol” (tantos a favor menos tantos en contra) considerados los resultados de ambos encuentros. De persistir esta igualdad, la definición se establecerá por el “Diferencia de Gol” de todos los resultados registrados en la Fase
    2. Si más de dos (2) equipos obtuvieren igual número de puntos en la clasificación, se establecerá una segunda clasificación teniendo en cuenta solamente los resultados de los partidos jugados entre los equipos implicados, obteniendo la mejor clasificación el que detente la mayor cantidad de puntos logrados entre sí. Si de esta forma no se llegare a una definición, la clasificación se determinará por el sistema de “Diferencia de Gol” (tantos a favor menos tantos en contra) considerados los resultados de los encuentros disputados entre los equipos implicados. Si en cualquier instancia, utilizando el criterio antes mencionado en el presente inciso, un empate múltiple de equipos es reducido a un empate involucrando únicamente dos (2) equipos, automáticamente se aplicará el procedimiento señalado en el Artículo 39, inciso a) del presente Reglamento. Si este es reducido a un empate implicando aún más de dos equipos, el procedimiento que empieza en el primer párrafo del presente inciso, es repetido.
    3. En los casos de subsistir el empate en los incisos a) y b) del presente artículo, las posiciones empatadas se definirán por el “Diferencia de Gol” de todos los resultados registrados en la Fase
    4. En los desempates, el club que hubiera perdido algún partido por no presentación en la Fase regular, estará automáticamente en inferior ubicación con respecto a los demás equipos igualados en una misma posición.
  • Las planillas oficiales de juego original, serán enviadas a la sede de la Federación Chaqueña de Básquetbol (Entre Ríos N° 1.389 – Planta Alta – 3500 Resistencia) por el Comisionado Técnico actuante, dentro del primer día hábil siguiente al partido mediante Carta Cerificada o por el medio más rápido y seguro, adelantándola vía Fax y/o correo electrónico.
  • El sistema a emplear para el envió de los informes de los Árbitros, de los descargos de los inculpados y protestas será preferentemente por Fax y/o correo electrónico; además de lo establecido por el Código de Penas y el Código de Procedimientos de la Confederación Argentina de Básquetbol.
  • Los Árbitros solamente podrán suspender un partido en los supuestos previstos y en un todo de acuerdo con las Reglas Oficiales de Básquetbol de la F.I.B.A.
  • Para comunicar los resultados una vez concluidos los juegos, se utilizará el sistema de correo electrónico y/o mensaje y/o whatsapp a los números habilitados por la Comisión Técnica del “Torneo Provincial de Clubes”.
  • La protesta de un partido deberá efectuarse en tiempo y forma de conformidad con las disposiciones emanadas del Código de Procedimientos y demás reglamentaciones vigentes, acompañadas del Arancel correspondiente, dentro del próximo día hábil, no dándose curso a la misma sin el cumplimiento de este requisito.

CAPITULO IX: DE LOS SISTEMAS DE COMPETENCIA

  • Se nominan y describen los sistemas de disputa que podrán utilizarse:
    1. Sistema de Puntos. Los equipos compiten todos contra todos a una, dos o más ruedas, local y visitante en los números pares y neutrales en las ruedas impares. Se adjudican los puntos según el artículo 39° del presente.
    2. Sistema de Juegos Finales. Nomínese así a la competencia que se juega en octavos de finales, cuartos de finales y concluyen con semifinales y finales por simple eliminación o Play-Off. Los juegos finales se realizan a posterior de una etapa de clasificación y por medio de esta clasificación se obtiene una ventaja deportiva para las series finales, dándole a los mejores ubicados la posibilidad de la localía en el caso del partido de desempate.
    3. Sistema de Copa. Nomínese así a la competencia que se juega entre los primeros cuatro equipos del “Torneo Provincial de Clubes” a fin de definir a un Campeón; la misma se desarrolla en dos o tres jornadas, en una sola sede, la que se elije por Licitación de los clubes participantes, quienes deberán presentar en sobre cerrado la propuesta al efecto, en el día y horario que establezca la Federación Chaqueña de Básquetbol al efecto, y quien a su vez tendrá la decisión final de elegir la sede según la propuesta más conveniente.
    4. De las localías. Tanto en el caso de las localías de la serie regular o clasificatoria como en los juegos finales, las localías son irrenunciables a favor del Club oponente.

CAPITULO X: GENERALIDADES

  • Los cambios de fecha de la disputa de los partidos pueden realizarlos las instituciones que hagan las veces de local, por acto unilateral, sin requerir la conformidad de su eventual oponente, notificando fehacientemente a éste y a la Federación Chaqueña de Básquetbol con (10) diez días de anticipación. Se podrá modificar la fecha de disputa de los cotejos con acuerdo del club visitante; notificando ambos el acuerdo en forma fehaciente a la Federación Chaqueña de Básquetbol, con (7) siete días de anticipación.
  • Solamente se aceptarán cambios de los horarios que ya fueron establecidos en las reuniones de sorteo de fixture, cuando estos se realicen por escrito (fax) con una anticipación no menor a 5 (cinco) días de la fecha de programación del partido al cual el cambio se refiere.
  • Los clubes deberán comunicar fehacientemente conjuntamente con la presentación de la Lista de Buena Fe, los días y hora de juegos en que actúe como local. La falta de esta información motivará que se les asigne de oficio el mismo día y hora que utilizó en la competencia anterior.
  • Los Clubes afiliados deberán solicitar, con por lo menos (10) diez días de anticipación, por nota oficial, autorización para participar y/u organizar partidos y/o torneos amistoso. El pedido deberá aclarar las características del torneo o partido a disputar.

CAPITULO XI: DE LAS PENALIDADES

  • El Club que debiendo actuar como local o visitante no se presentare a cumplir con un compromiso será sancionado con una multa de $ 6.000,00 (Pesos: Seis Mil). Asimismo deberá abonar además los aranceles, gastos de traslado, de Árbitros y Comisionado Técnico y otros gastos que se ocasionen.
  • El club que hiciere abandono del Torneo una vez iniciado el mismo deberá abonar en favor de la Federación Chaqueña de Básquetbol la suma de $ 6.000,00 (Pesos: Seis Mil). Además quedará inhabilitado para participar por un lapso de un (1) años en cualquier torneo y en cualquier categoría que organice la Federación Chaqueña de Básquetbol, además las sanciones que pudieran correspóndele según el Código de Penas de la CABB.
  • El club que sin causa justificada no se presente a un partido de la serie Play-Off perderá la serie y su condición de afiliado para el próximo torneo.
  • Está prohibida la venta y/o ingreso al estadio de bebidas alcohólicas de cualquier tipo en envases de vidrio y/o de tipo descartable; toda otra bebida deberá expenderse en envases de plástico, tipo descartables.
  • Durante el desarrollo de los encuentros está prohibido el ingreso y uso de elementos de percusión y de viento (bocinas de aire, cornetas, bombos, redoblantes, etc.), como así también la detonación de pirotecnia de estruendo.-
  • Los equipos que protagonicen un encuentro, deberán tener vestimenta (camisetas y pantalones) de colores y modelos uniformes; es decir, el equipo Local con camisetas de color claro y el equipo Visitante con camisetas de color oscuro, sin que ello signifique que ambos deban cambiarse si al momento de un juego poseen a la inversa. Sí debe aplicarse en caso de que ambos concurran a un compromiso con camisetas del mismo color o similares.
  • La inobservancia a cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente reglamentación y/o que surjan de las resoluciones que dicte y comunique en cada oportunidad la autoridad respectiva, harán pasibles al infractor de una multa de hasta $ 3.000,00 (Pesos: Tres Mil) que será determinada por el Consejo Directivo y/o el Tribunal de Disciplina de la Federación Chaqueña de Básquetbol, sin perjuicio de otras sanciones previstas que correspondan.
  • Cobro de Aranceles para filmaciones televisivas (en directo y/o diferido) y Transmisiones Radiales de los encuentros del “Torneo Provincial de Clubes”: se establece que los Clubes Locales podrán cobrar hasta $ 1.500,00 (Pesos: Un Mil Quinientos) si así lo deseen, durante la Primera Fase del certamen; y hasta $ 2.000,00 (Pesos: Dos Mil) en las Fases sucesivas y hasta el final del “Torneo Provincial de Clubes”.
  • Las instituciones que incurran en los hechos que se enuncian a continuación serán pasibles de las multas previstas en el artículo 53°:
    1. No disponga del personal mínimo imprescindible para el desarrollo del partido: Intendente de cancha, personal policial, auxiliares de Mesa de Control y/o dirigentes responsables y/o que estos no cumplimenten en debido tiempo y forma sus obligaciones reglamentarias.
    2. Incumpla el pago de los aranceles y gastos de traslado de las autoridades del encuentro (Arbitros y/o Comisionados Técnicos) en el tiempo y la forma previstos en el presente Reglamento.
    3. No cumplir en tiempo y forma el pago de aranceles de la Federación Chaqueña de Básquetbol y otros, cuotas de afiliación y/o toda deuda contraída.

CAPITULO XII: DE LOS ANEXOS

  • En cada temporada y cada categoría pasará a anexar este reglamento:
    1. Las futuras resoluciones o cambios.
    2. El Fixture de los Torneos.
    3. La forma de disputa.
    4. Todo lo relacionado con la competencia en cada categoría.
    5. Sistema Arancelario.
  • Toda situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Directivo de la Federación Chaqueña de Básquetbol.

* El presente Reglamento ha sido modificado y aprobado el día 5 de Septiembre de 2017.-

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